El proyecto de ley de Mecenazgo, que fue presentado por el Senador Aguinaga, junto con los Senadores Sergio Molarejo (UCR) y Alejandra Maradona (PJ), tiene el propósito de canalizar los aportes económicos privados para el desarrollo y fomento de las actividades artísticas de la provincia.
El Estado provincial debe promover asociaciones con el sector privado para apoyar proyectos culturales y artísticos de calidad que incidirán en el desarrollo de las personas y de la calidad de vida en general.
- Beneficiarios directos: Los artistas y la cultura de Mendoza en general, pues la ley incentiva el aporte económico de los sectores privados de la provincia para ser colocados en el desarrollo de actividades culturales locales.
- Beneficiarios indirectos: Todas las personas físicas y jurídicas sujetas al pago del Impuesto de Ingresos Brutos. Estos beneficiarios podrán deducir hasta el 5 % de lo que pagan por año de ingresos brutos y aportarlos a actividades culturales. Por ejemplo: si pagan $ 1.000 por año de ingresos brutos, podrán deducir $ 50 del pago de impuestos, y colocarlo en actividades culturales.
El proyecto de ley prevé dos tipos de beneficiarios: los
benefactores y los patrocinadores.
- Los Benefactores son los que no
relacionan su imagen con el proyecto o actividad cultural que financian, no
realizan publicidad en el evento cultural. En este caso, pueden aportan en un
proyecto cultural hasta el 30% deduciendo impuestos y deben aportar otro 70% de
su propio dinero no deducible de impuestos.
- Los Patrocinadores son los que relacionan su imagen con el proyecto o actividad cultural que financian, publicitan su propio negocio en el evento cultural. En este caso, pueden aportar en un proyecto cultural hasta el 20% deduciendo impuestos y deben aportar otro 80% de su propio dinero no deducible de impuestos.