RECLAMO POR LA INMEDIATA APARICIÓN CON VIDA DE SANTIAGO MALDONADO
Acuerdo Plenario Nº 1040/17 Pergamino, 29 de septiembre de 2017
VISTO Y CONSIDERANDO:
que el 1° de agosto de este año tuvo lugar un operativo de la Gendarmería nacional contra un reducido grupo de personas que se encontraba manifestando en la ruta nacional N°40 en apoyo del reclamo de la comunidad Pu Lo en Resistencia, provincia de Chubut;
que, desde esa fecha, se encuentra desaparecido Santiago Maldonado, quien formaba parte de ese reclamo, tal como ha quedado establecido en la causa;
que el hecho está siendo investigado por la Justicia Federal bajo la carátula de desaparición forzada, lo que implica la sospecha del ocultamiento por parte del Estado de su desaparición;
que el Comité Contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas consideró que la desaparición de Santiago Maldonado exige la acción urgente del Estado para localizarlo, para aclarar su desaparición y para garantizar que esté bajo la protección de la ley, como así también identificar a los responsables;
que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó una medida cautelar para la protección de los derechos de Santiago Maldonado y solicitó al Estado argentino que adopte las medidas necesarias para determinar su situación y paradero, con el fin de proteger sus derechos a la vida e integridad personal;
que el ámbito académico no debe estar ajeno ante los graves acontecimientos descriptos, por lo que resulta necesario visibilizar los hechos y alentar a la comunidad educativa a adoptar una actitud de compromiso, solidaridad con los vulnerados por la violencia institucional y, en este particular, promover la búsqueda colectiva de Santiago Maldonado.
Por ello,
EL CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL ACUERDA
Artículo 1º: Reclamar la inmediata aparición con vida de Santiago Maldonado.
Artículo 2º: Expresar su profunda preocupación por los hechos de violencia institucional sufridos por la comunidad mapuche Pu Lof en Resistencia, Cushamen, provincia de Chubut, e instar a quien corresponda a su inmediato cese para garantizar la vida e integridad personal de sus miembros.
Artículo 3º: Regístrese, dese a conocer a todas las instituciones universitarias públicas y en general, y archívese.
Lic. Rodolfo Tecchi Presidente
CPN Miguel González Gaviola Secretario Ejecutivo