Esta medida plantea la necesidad de asegurar condiciones para el ejercicio del derecho a la educación superior, promoviendo el vínculo pedagógico con las y los estudiantes conducente al logro de aprendizajes sustanciales en cada carrera a través de formas de cursado no presencial surgidas como respuesta alternativa en este contexto.
Entendiendo que no todo el proceso de enseñanza, aprendizaje y evaluación podrá realizarse en forma virtual, es necesario prever otras formas y alternativas de comunicación, atendiendo a las diferentes particularidades y especificidades disciplinares de las carreras de la Facultad de Artes y Diseño así como también al contexto de estudiantes, docentes y personal de apoyo académico.
Se plantea la necesidad de adecuar formas de cursado, contemplar situaciones que atiendan a la inclusión de las y los estudiantes en los procesos de enseñanza y aprendizaje, modificar plazos y procedimientos establecidos en la Reglamentación Académica de la Facultad de Artes y Diseño .
De esta manera, la Facultad de Artes y Diseño busca dar respuestas a distintos problemas que se presentan en relación a la conectividad y acceso a dispositivos de comunicación, capacitación, asistencia y asesoramiento técnico y psicopedagógico, así como procesos administrativos por parte de las y los estudiantes y docentes.
Por ello, se establecen transitoriamente medidas de excepción a la Reglamentación Académica, contenida en la ordenanza nº 5/19-C.D., para el Ciclo Lectivo 2020.
Para consultar la resolución completa, descargar el PDF que se encuentra al final de esta nota.
¿Qué se logró con la Reglamentación Académica Transitoria?
- El desarrollo de un porcentaje de espacios curriculares con modalidad virtual
- La flexibilización de condiciones académicas tales como correlativas de cursado, calendario, etc.
- Permitir el cursado de espacios curriculares libreando la condición de correlativas.
- Asegurar épocas y turnos de evaluación con modalidad virtual durante el ciclo lectivo en un 95% de los espacios curriculares de todas las carreras de la FAD.
A partir de la Res. N° 317/20, se busca explicar las medidas concretas y operativas que complementen y posibiliten la aplicación de las excepciones planteadas en la Reg. Académica Transitoria, ellas son:
1- Cierre de actas de cursado (SIU Guaraní), sólo para los espacios curriculares que informaron sobre esta necesidad a las Direcciones de Carreras, podrá extenderse hasta la primera semana de Marzo de 2021.
2- Para los espacios que iniciaron el cursado el dictado virtual sin poder desarrollarse en su totalidad con esa modalidad, suspendan dicho cursado hasta que se establezcan condiciones de regreso a la presencialidad y completar el dictado presencial el próximo año. En estos casos a los/las estudiantes se les reconoce todo lo cursado.
3- Debido a la liberación de correlativas de cursado, los/las estudiantes que cursado un espacio curricular del 1°, 2° cuatrimestre o de carácter anual, y cumplieron con los requisitos para alcanzar la promoción, podrán conservar la calificación obtenida hasta tanto rindan la materia correlativa adeudada. El plazo máximo para el “resguardo de la promoción”: será hasta las mesas de marzo de 2021 o hasta que se habiliten las mesas que tienen como requisito la presencialidad.
Para acceder a esta excepción tenés que completar el Formulario según tu grupo de carrera. Luego se te notificará por correo electrónico hasta qué fecha podrás rendir la/s materia/s adeudada/s (12/03/2021, o hasta el 1er turno en el que la materia abra inscripción a examen final), para acreditar la promoción de la materia a “resguardar”.
Carreras de Artes del Espectáculo: shorturl.at/ampF5
Carreras de Artes Visuales: shorturl.at/ixKM2
Carreras de Cerámica: shorturl.at/fstEJ
Carreras de Diseño: shorturl.at/qrAIX
Carreras Musicales: shorturl.at/jyzDE