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Cómo es el procedimiento para acceder a la efectivización de cargos docentes interinos

Se encuentra disponible el formulario online para iniciar la postulación al concurso especial por razones extraordinarias provocadas por la pandemia del Covid-19, en el marco de la Resolución 265/2020 del Consejo Superior. El mismo estará habilitado hasta el 31 de marzo. Toda la información en la nota.

23 de febrero de 2021, 09:55.

imagen Cómo es el procedimiento para acceder a la efectivización de cargos docentes interinos

De acuerdo a lo establecido en la  Res. 265/2020-CS, se abre el plazo para iniciar postulaciones a los Concursos Especiales por razones extraordinarias originadas por la Pandemia de COVID19 para Docentes Interinos (CEREP.Cov).

Los/as docentes interesados podrán completar el  siguiente formulario online para postular al inicio del procedimiento de convocatoria del CEREP.Cov, en el marco de la Paritaria Particular para el Personal Docente de la UNCuyo 2020.

La normativa vigente menciona los principios jurídicos generales aplicables al concurso especial, y establece las siguientes condiciones mínimas para el inicio del procedimiento:

  • El cargo a concursar debe ser genuino, es decir, estar previsto en la planta docente permanente, aprobada por el Presupuesto vigente de la Universidad, de la respectiva Unidad Académica o Instituto.
  • El nombramiento del docente en el cargo genuino a concursar debe ser de carácter interino.
  • Se excluye de la participación en el concurso especial a los docentes o auxiliares de docencia efectivos; y a los docentes o auxiliares reemplazantes.
  • Se debe contar con una antigüedad como docente interino en el cargo a concursar de al menos dos años al 31 de marzo de 2021.
  • Se deben haber realizado tareas docentes frente a estudiantes, de manera virtual o remota, durante el año 2020.
  • El Concurso Especial será abierto a la organización académica mayor que exista en la respectiva UUAA (Área - Departamento - Cátedra) Sólo será abierto a la Cátedra cuando no existan Áreas o Departamentos.
  • El cumplimiento de estos requisitos, por parte del/de la postulante, será evaluado por la Secretaría Académica de cada UUAA o Instituto, para luego, de corresponder, dar comienzo al proceso de apertura del CEREP.Cov mediante resolución del respectivo CD.


En relación al Art. 2 inciso e): "El Concurso Especial deberá será abierto a la organización académica mayor que exista en la respectiva UUAA o Instituto (Área - Departamento - Cátedra). Sólo será abierto a la Cátedra cuando no existan Áreas o Departamentos", aclaramos que el alcance de la convocatoria de estos concursos especiales, tal cual se señala en el Acta Paritaria correspondiente, será resuelto por los respectivos Consejos Directivos atendiendo a las particularidades organizativas y disciplinares de cada Unidad Académica.

De acuerdo al art. 4, inciso c.4 ("Ámbito del Concurso Especial determinado por el Consejo Directivo, a saber: Área o en su defecto Departamento. Solo por vía de excepción y ante la inexistencia de las estructuras académicas mencionadas, deberá convocarse a concurso especial abierto a la estructura académica menor y subsiguiente que corresponda"), será, entonces, el CD de la FAD quien a la brevedad llevará adelante la discusión interpretativa de este articulo en relación a las particularidades de nuestra institución.

Por otro lado la Secretaría Académica de nuestra facultad ha previsto una instancia informativa al respecto durante las Jornadas Institucionales a realizarse a partir del 10 de marzo con la finalidad de aclarar dudas y acompañar a los docentes que decidan adherir a esta propuesta de efectivización de sus cargos interinos.
 

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